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VUELVE LA CONSULTA

JOSEFA SÁNCHEZ CONTRERAS

¿Más parques eólicos en Unión Hidalgo, Oaxaca?

Unión Hidalgo (Ranchu Gubiña), Oaxaca

En octubre de 2018, el Juzgado Primero de Distrito de Oaxaca revocó la suspensión definitiva de la Consulta Indígena en la comunidad zapoteca de Unión Hidalgo, Istmo de Tehuantepec. Ello implicó que la empresa eólica Electricitè de France y las instancias gubernamentales involucradas reanudaran el proceso el 30 de noviembre, realizando una asamblea que ha supuesto la primera fase de acuerdos previos, de modo que actualmente la instalación del proyecto eólico Gunaa Sicarú, que consta de 96 aerogeneradores contemplados en más de 4 mil 400 hectáreas de bienes comunales, se encuentra en consulta.

Es reiteradamente conocido que la Consulta Indígena es un derecho que los pueblos poseen, de acuerdo al Convenio 169 de la OIT. No obstante, en su aplicación concreta se encuentra plagada de irregularidades y obstáculos. Es el caso de esta comunidad zapoteca, cuya asamblea de comuneros sostiene un litigio desde el 2018, en el que ha reclamado que la Secretaría de Energía y su Dirección General de Impacto Social y Ocupación Superficial, así como las Secretarías de Gobernación y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, todas con sede en la Ciudad de México, en vínculo con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, las estatales secretarías General, de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, de Asuntos Indígenas, y la Coordinación para la Atención de los Derechos Humanos, todas del gobierno del estado de Oaxaca, que junto con el Ayuntamiento Constitucional de Unión Hidalgo han omitido las garantías para un procedimiento de Consulta que cumpla con el principio de ser previa.

Esta arbitrariedad que priva en el proceso se evidencia en el permiso para generar energía eléctrica que otorgó la comisión reguladora de Energía a la empresa eólica el 29 de junio de 2017, nueve meses antes de que se promoviera la Consulta; a ello se le suma la evidencia de que desde el 2016 la empresa firmó contratos con pequeños propietarios omitiendo el carácter previo y violentando la tenencia comunal de las tierras.

Pese a dichas evidencias la empresa y las instancias gubernamentales insisten en continuar el proceso. Asistimos a un tiempo de Consultas Indígenas inmersas en las arbitrariedades y orientadas a legitimar la instalación de los proyectos eólicos, cuyo impacto para los pueblos es la acelerada privatización de sus tierras comunales y los daños ambientales al territorio, tratándose justamente de energías “renovables” vendidas en el mercado verde como medidas ambientales frente a la crisis del cambio climático.

Este discurso ecologista es propagado por los gobiernos de Alemania, Francia y España, principales inversores de eólicos en México, cuya justificación es la “transición energética” que requiere la catástrofe nuclear. Sin embargo, en los hechos la producción de energía renovable y nuclear son dos aliados naturales. Más que hablar de una transición asistimos a una acumulación energética, donde los aerogeneradores representan la venta del derecho de contaminación y tienen la función de legitimar a un sistema de producción organizado alrededor de las centrales nucleares.

De este discurso no está exento el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quien el primero de diciembre en su toma de posesión anunció la inminente instalación de los proyectos eólicos en el Istmo de Tehuantepec, omitiendo lo que ello implica en materia agraria, ambiental y de derecho indígena.

El mercado de la venta de carbono implica acelerar la mercantilización total de los territorios. En México significa desmantelar la propiedad social de la tierra cuya extensión abarca más de la mitad de este país, generando un escenario nacional y local en el que los pueblos quedan desprovistos de condiciones para ejercer su derecho a la libre determinación y autonomía. El contexto regional del Istmo de Tehuantepec, permeado por violencias, cacicazgos locales y problemas agrarios estructurales, imposibilita el real ejercicio de una Consulta Indígena libre, previa e informada, y por el contrario la supedita a los intereses del capital transnacional, tal como es el caso de las inversiones de Electricité de France en la comunidad zapoteca de Unión Hidalgo (Ranchu Gubiña).

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